Preguntas Frecuentes
Por una modesta tarifa, guiamos a inmigrantes indocumentados a través del asilo, defendemos sus derechos y apoyamos su viaje hacia un estatus legal y un futuro más brillante.
1. **Asistencia en la Solicitud de Asilo** Si temes persecución en tu país de origen,
Servicios ofrecidos: Chenel Super Service puede ayudarte a preparar y presentar tu solicitud de asilo.
Público objetivo: Individuos que temen ser perseguidos en su país de origen.
Equipo profesional: Psicólogos, economistas, abogados, periodistas, profesores
Enfoque colaborativo: Los profesionales trabajan juntos para brindar un servicio integral.
Elaboración narrativa: Escuche su historia, ayude a crear una narrativa coherente y persuasiva.
Mayores posibilidades: Mi objetivo es hacer que su caso sea comprensible para el juez y mejorar las posibilidades de que se le conceda asilo.
Asistencia Procesal: Consulte con el departamento de justicia y el tribunal, asegúrese de que su caso se registre y archive correctamente.
Soporte de aplicaciones: Ayude a presentar el tipo adecuado de solicitud de asilo y brinde orientación para solicitudes tanto afirmativas como defensivas.
2. **Representación Legal**: Chenel Super Service puede ayudarte a encontrar y contratar a un abogado de inmigración calificado a un precio con descuento.
Servicio de Representación Legal: Asistencia para encontrar y contratar un abogado de inmigración calificado.
Descuentos: Negociar descuentos en nombre de los clientes.
Enfoque en la asequibilidad: Garantizar que los clientes reciban la mejor representación legal posible a un precio asequible.
Contactos profesionales: Colaboración con una red de abogados.
Beneficios para el cliente: Acceso a tarifas reducidas mediante negociaciones, haciendo hincapié en que la representación legal sea económicamente accesible.
3. **Apoyo Integral**:
Tratamiento de clientes: Tratados como familia desde el primer contacto.
Accesibilidad: Dos recepcionistas, más de diez líneas telefónicas para una disponibilidad constante.
Orientación: Apoyo y orientación durante todo el proceso, desde la preparación de la solicitud hasta las entrevistas o las vistas judiciales.
4. **Asistencia en la Solicitud de Permiso de Trabajo**::Una vez que hayas presentado tu solicitud de asilo, serás elegible para solicitar un permiso de trabajo 150 días después de la presentación, y el USCIS no lo procesará antes de 180 días. Chenel Super Service puede ayudarte a preparar y presentar tu solicitud de permiso de trabajo, asegurando que esté completada correctamente y se presente de manera oportuna.
Tiempo: Elegible después de 150 días tras la presentación de la solicitud de asilo. USCIS no la tramitará antes de 180 días.
Asistencia Chenel Super Service: Ayudar a preparar y presentar las solicitudes de permisos de trabajo con precisión y puntualidad.
5. **Peticiones Familiares**: : Si se te otorga asilo, Chenel Super Service puede ayudarte a solicitar traer a tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años a los Estados Unidos.
Elegibilidad: Si le conceden el asilo, Chenel Super Service puede ayudarle a presentar una petición para traer a Estados Unidos a su cónyuge y a sus hijos solteros menores de 21 años.
Asistencia Chenel: Ayuda para solicitar la entrada en EE.UU. del cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años.
: 6. **Camino a la Ciudadanía**: : Una vez que se te haya otorgado asilo y hayas tenido tu tarjeta de residencia por el tiempo requerido, Chenel Super Service puede ayudarte en el proceso de solicitud de ciudadanía estadounidense.
Después del asilo: Una vez concedido el asilo y cumplidos los requisitos de tiempo de la tarjeta verde, Chenel Super Service puede ayudarle en el proceso de solicitud de la ciudadanía estadounidense....
Asistencia Chenel: Apoyo para solicitar la nacionalidad estadounidense.
El objetivo de Chenel Super Service LLC: ser un faro de esperanza para quienes viven ilegalmente en los EE. UU., brindando apoyo integral, asequible y compasivo para obtener un estatus legal y un futuro mejor.
Si te otorgan asilo en los Estados Unidos, recibirás varios beneficios:
1. **Permiso para Permanecer en los Estados Unidos**: Se te permitirá permanecer en los Estados Unidos indefinidamente.
2. **Autorización de Trabajo**: Serás elegible para solicitar un permiso de trabajo (Documento de Autorización de Empleo, o EAD) inmediatamente después de que se te otorgue asilo. Esto te permite trabajar legalmente en los Estados Unidos.
3. **Solicitud de Tarjeta de Seguro Social**: Puedes solicitar una tarjeta de Seguro Social.
4. **Solicitud para Miembros de la Familia**: Puedes solicitar traer a tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años a los Estados Unidos.
5. **Solicitud de una Tarjeta de Residencia (Green Card)**: Un año después de que se te otorgue asilo, puedes solicitar el estatus de residente permanente legal (una green card).
6. **Viajar fuera de los EE. UU.**: Si necesitas viajar fuera de los Estados Unidos, debes solicitar un Documento de Viaje de Refugiado antes de salir. Es importante tener cuidado al viajar de regreso a tu país de origen, ya que puede afectar tu estatus de asilado o tu capacidad para regresar a los Estados Unidos.
- Requisitos: Solicite un documento de viaje para refugiados antes de partir.
- Precaución: Tenga cuidado al viajar a su país de origen.
- Impacto potencial:Puede afectar su estatus de asilado o su capacidad de regresar a los Estados Unidos.
7. **Solicitud de Ciudadanía**: Después de tener tu green card durante cuatro años (o un año, si te casas con un ciudadano estadounidense), puedes solicitar la ciudadanía estadounidense.
Es importante tener en cuenta que ser otorgado asilo también conlleva ciertas obligaciones, como la obligación de notificar a USCIS cualquier cambio de dirección y de no regresar al país del cual buscó protección a menos que recibas un permiso especial o ya no temas persecución.
Es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para comprender todos tus derechos y obligaciones como asilado y obtener orientación sobre los próximos pasos en el proceso.
Si tu solicitud de asilo es denegada y no te encuentras en un estatus de inmigración legal, es posible que seas sometido a procedimientos de expulsión (deportación).
1. **Tribunal de Inmigración**:
- Si tu solicitud de asilo es denegada por el oficial de asilo en la entrevista inicial, tu caso será remitido al tribunal de inmigración, y tendrás la oportunidad de presentar tu caso ante un Juez de Inmigración.
- Tendrá la oportunidad de presentar su caso ante un Juez de Inmigración.
2. **Apelación**:
- Si el Juez de Inmigración deniega tu solicitud, puedes apelar la decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) dentro de los 30 días posteriores a la decisión.
- Si la BIA deniega tu apelación, puedes apelar aún más ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones Federal y, en última instancia, ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.
3. **Expulsión**:
- Si no apelas la decisión o si tus apelaciones no tienen éxito, es posible que se te ordene ser expulsado (deportado) de los Estados Unidos.
Es crucial crucial. contar con representación legal durante todo este proceso. Un abogado de inmigración o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC pueden ayudarte a navegar por el proceso, presentar el caso más sólido posible y explorar cualquier otra opción de alivio que pueda estar disponible para ti.
Si temes persecución o tortura en tu país de origen,debes informar al tribunal, a tu abogado o a los funcionarios de inmigración, ya que puedes ser elegible para otras formas de alivio, como la retención de la expulsión o la protección bajo la Convención contra la Tortura.
Sí, puedes volver a solicitar asilo después de que tu solicitud haya sido denegada, pero hay algunas cosas importantes que debes considerar.
1. **Plazo de presentación de un año**:
- Debes solicitar asilo dentro de un año de tu última llegada a los Estados Unidos,
- Amenos que puedas demostrar circunstancias cambiantes que afecten materialmente tu elegibilidad para el asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con el retraso en la presentación.
2. **Solicitud anterior**:: Si has solicitado previamente asilo y tu solicitud fue denegada por un Juez de Inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración, solo puedes volver a solicitar si existen circunstancias cambiantes que afecten materialmente tu elegibilidad para el asilo.
- Vuelva a presentar la solicitud sólo si su solicitud anterior fue denegada por el juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración.
- Se permite volver a presentar la solicitud si cambian las circunstancias que afectan la elegibilidad para el asilo.
3. **Nuevas pruebas**: Debes presentar nuevas pruebas o argumentos que no fueron presentados en tu solicitud anterior.
- Deberá presentar pruebas o argumentos no presentados previamente en la solicitud inicial.
Es importante tener en cuenta que el proceso de asilo es complejo, y las posibilidades de éxito en una segunda solicitud pueden ser menores que en una primera solicitud. Por lo tanto, es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC antes de volver a solicitar para asegurarte de que tengas un caso sólido y que cumplas con todos los requisitos necesarios.
Sí, si se te otorga asilo, puedes solicitar traer a tu cónyuge e hijos solteros menores de 21 años a los Estados Unidos.
- Presentación del Formulario I-730:
- Presente el Formulario I-730, Petición de familiar de refugiado/asilado, para cada miembro de la familia calificado.
- Límite de tiempo: Dentro de los dos años posteriores a la concesión del asilo, a menos que razones humanitarias justifiquen la presentación posterior.
- Estado de asilo derivado:
- Elegibilidad:Los miembros de la familia pueden recibir un estatus de asilo derivado.
- Beneficios y Obligaciones: Reciben los mismos beneficios y obligaciones que el solicitante de asilo original.
It is advisable to consult with a qualified immigration attorney or a reputable organization like Chenel Super Service LLC to guide you through the process and ensure that all paperwork is correctly filled out and submitted in a timely manner.
**Para parejas casadas que buscan asilo**
-
- Si ambos cónyuges en los EE.UU. está buscando asilo, puede incluir a su cónyuge (y a sus hijos solteros menores de 21 años) en su solicitud de asilo como derivados. Esto significa que si se aprueba su solicitud de asilo, su cónyuge e hijos también recibirán asilo.
- Implicación de aprobación: Si se aprueba la solicitud de asilo, también se concede asilo al cónyuge y a los hijos.
- Inclusión del Formulario I-589:
- Incluye información del cónyuge y de los hijos en el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Expulsión.
- Proporcione documentación de respaldo (por ejemplo, certificado de matrimonio, certificados de nacimiento) para establecer relaciones.
- Reclamaciones independientes para cónyuges:
- Si el cónyuge tiene una solicitud de asilo independiente, existe la opción de presentar una solicitud de asilo por separado.
- Consideración: Puede ser aconsejable que ambos cónyuges presenten su solicitud por separado si ambos tienen reclamos sólidos e independientes, lo que aumenta las posibilidades de aprobación.
Es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para determinar la mejor estrategia para tu situación específica.
El proceso de asilo está diseñado para personas que ya se encuentran en los Estados Unidos o que buscan ingresar en un puerto de entrada o frontera estadounidense. No puedes solicitar asilo en nombre de alguien que se encuentra fuera de los Estados Unidos. puedes apply for asylum on behalf of someone who is outside the United States.
- Fuera de los Estados Unidos. Buscando protección:
- Si alguien se encuentra fuera de los EE. UU. y busca protección como refugiado, debe pasar por el Programa de Admisiones de Refugiados de los Estados Unidos. El Programa de Admisiones de Refugiados de los Estados Unidos es independiente del proceso de asilo y tiene su propio proceso de solicitud y requisitos de elegibilidad.
- Proceso separado: Si te encuentras en los Estados Unidos y deseas ayudar a un familiar que se encuentra fuera de los Estados Unidos, es posible que puedas patrocinarlo para obtener una visa de inmigrante basada en la familia. Sin embargo, este proceso es diferente de los procesos de asilo o refugiados y tiene sus propios requisitos de elegibilidad y procedimientos de solicitud.
- Patrocinio familiar desde dentro de los EE. UU.:
- Si se encuentra en los Estados Unidos y desea ayudar a un familiar que se encuentra fuera de los Estados Unidos, es posible que pueda patrocinarnos para una visa de inmigrante basada en la familia.
- Proceso distinto: Sin embargo, este proceso es diferente de los procesos de asilo o refugio y tiene sus propios requisitos de elegibilidad y procedimientos de solicitud.
Es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para comprender todas tus opciones y recibir orientación sobre el mejor curso de acción para tu situación específica.
El tiempo de procesamiento de las solicitudes de asilo puede variar ampliamente en función de varios factores, incluida la acumulación de casos en la oficina de asilo o el tribunal de inmigración donde se procesa su solicitud, la complejidad de su caso y cualquier retraso en la recopilación de pruebas o la programación de entrevistas o audiencias.
El proceso de asilo en los Estados Unidos generalmente involucra los siguientes pasos y cronogramas:
1. **Presentación de la Solicitud**: Debes presentar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de No Devolución, dentro de un año después de tu llegada a los Estados Unidos.
2. **Aviso de Recibo**: Deberías recibir un aviso de recibo de USCIS dentro de dos o tres semanas después de presentar tu solicitud.
3. **Toma de Huellas Digitales**: Recibirás un aviso para tomar tus huellas digitales en un Centro de Apoyo a la Solicitud de USCIS. Esto generalmente ocurre dentro de unas semanas o meses después de presentar tu solicitud.
4. **Entrevista de Asilo**: Se te programará una entrevista con un oficial de asilo. El tiempo de espera para una entrevista puede variar ampliamente, desde unos meses hasta varios años, dependiendo del atraso de casos en la oficina de asilo donde se esté procesando tu solicitud.
5. **Decisión**: Después de tu entrevista, el oficial de asilo tomará una decisión sobre tu caso. La decisión puede ser aprobada, denegada o remitida al tribunal de inmigración para más procedimientos. El cronograma para recibir una decisión puede variar desde unas semanas hasta varios meses después de tu entrevista.
Si su caso es remitido a la corte de inmigración, el proceso puede demorar aún más because:
-
- Los tribunales de inmigración también están experimentando importantes retrasos.
- No es raro que todo el proceso, desde la presentación de la solicitud hasta la recepción de una decisión final, demore varios años.
Ten en cuenta que estos son cronogramas generales y el tiempo de procesamiento para tu caso específico puede variar. Siempre es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para obtener la información más actualizada y orientación sobre el proceso de asilo.
No es necesario presentar pruebas con tu solicitud de asilo, pero es muy recomendable incluir la mayor cantidad de pruebas posible para respaldar tu reclamo. Cuantas más pruebas abarcadoras y persuasivas incluyas, más sólido será tu caso. The more comprehensive and compelling your evidence is, the stronger your case will be.
Las pruebas pueden inclui
1. **Declaración Personal**: Una declaración escrita detallada que describa tus experiencias y el temor a la persecución en tu país de origen.
2. **Documentos**: Certificados de nacimiento, certificados de matrimonio, tarjetas de identidad, expedientes médicos, informes policiales y cualquier otro documento que pueda ayudar a establecer tu identidad, tus relaciones y los eventos que llevaron a tu temor a la persecución.
3. **Condiciones en el País**: Informes, artículos de noticias y otros documentos que proporcionen información sobre las condiciones de derechos humanos y la situación política en tu país de origen.
4. **Testigos Expertos**: Testimonio de expertos en tu país, tu etnia, tu religión u otros aspectos de tu caso que puedan ayudar a establecer tu credibilidad y la legitimidad de tu temor a la persecución.
5. **Declaraciones Juradas de Testigos**: Declaraciones escritas de personas que tienen conocimiento directo de tu situación y pueden corroborar tu historia.
Es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para ayudarte a preparar tu solicitud de asilo y recopilar las pruebas necesarias para respaldar tu reclamo. Pueden ayudarte a organizar y presentar tus pruebas de una manera convincente y persuasiva ante el juez de inmigración u oficial de asilo que revise tu caso.
Si tu solicitud de asilo no es aprobada, aún tienes algunas opciones:
1. **Apelar la Decisión**: Tienes el derecho de apelar la decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) dentro de los 30 días posterioresa la decisión. La BIA es un tribunal administrativo que revisa las decisiones tomadas por los jueces de inmigración.
2. **Volver a Solicitar Asilo**: Si tus circunstancias han cambiado o si hay nuevas pruebas que no estaban disponibles al momento de tu solicitud inicial, es posible que puedas presentar una nueva solicitud de asilo. Sin embargo, este es un proceso complicado y no siempre es posible, por lo que es importante consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC.
3. **Solicitar Otros Formas de Alivio**: Dependiendo de tus circunstancias, es posible que seas elegible para otras formas de alivio, como la retención de la deportación o la protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT). Estas formas de alivio son similares al asilo, pero tienen diferentes requisitos de elegibilidad y proporcionan diferentes niveles de protección.
4. **Ajuste de Estatus**: Si eres elegible para obtener una tarjeta de residencia a través de otro medio, como el matrimonio con un ciudadano estadounidense, puedes solicitar el ajuste de estatus para convertirte en un residente permanente legal.
5. **Partida Voluntaria**: Si no tienes otras opciones para quedarte legalmente en los Estados Unidos, puedes solicitar la partida voluntaria, que te permite salir de los Estados Unidos por tus propios medios y a tu propio costo. La partida voluntaria puede ayudarte a evitar algunas de las consecuencias negativas de una orden formal de deportación.
Es importante consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para comprender todas tus opciones y recibir orientación sobre el mejor curso de acción para tu situación específica.
Si te casas con un ciudadano estadounidense después de haber presentado la solicitud de asilo, es posible que seas elegible para ajustar tu estatus a residente permanente legal (titular de una tarjeta verde) basándote en tu matrimonio con un ciudadano estadounidense. Aquí hay algunos puntos clave a considerar:
1. **Relación Genuina**: Tu matrimonio debe ser genuino, lo que significa que se celebró de buena fe y no únicamente con el propósito de obtener un beneficio migratorio.
2. **Ajuste de Estatus**: Tu cónyuge ciudadano estadounidense puede presentar el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, en tu nombre. Una vez que se apruebe el I-130, puedes presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus, para solicitar una tarjeta verde.
3. **Solicitud de Asilo Pendiente**: Aún puedes continuar con tu solicitud de asilo mientras tu solicitud de ajuste de estatus está pendiente. Sin embargo, si se te concede el estatus de residente permanente legal, tu solicitud de asilo se cerrará administrativamente porque ya no será necesaria.
4. **Autorización de Trabajo y Viaje**: Cuando presentes la solicitud de ajuste de estatus, también puedes solicitar la autorización de trabajo (Formulario I-765) y el permiso de viaje anticipado (Formulario I-131), que te permite viajar fuera de los Estados Unidos y regresar mientras tu solicitud de ajuste de estatus está pendiente.
Se recomienda consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para comprender las implicaciones de casarte después de presentar la solicitud de asilo y recibir orientación sobre el mejor curso de acción para tu situación específica.
No puedes presentar tu solicitud de permiso de trabajo (Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo) al mismo tiempo que tu solicitud de asilo (Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de No Devolución).
- Período de espera del permiso de trabajo:
- Espere hasta que hayan pasado 150 días desde que presentó su solicitud de asilo completa.
- Sólo si aún no se ha tomado ninguna decisión sobre su solicitud.
- Cronograma de emisión del EAD:
- USCIS no emitirá un Documento de Autorización de Empleo (EAD) hasta que hayan transcurrido al menos 180 días desde la presentación de su solicitud de asilo.
- Sólo si no se ha tomado ninguna decisión sobre su solicitud.
Sin embargo, las políticas y procedimientos de inmigración pueden cambiar, por lo que siempre es buena idea consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC para obtener la información más actualizada y orientación sobre el proceso de asilo y la solicitud de permiso de trabajo.
El USCIS podría denegar tu solicitud de un Documento de Autorización de Empleo (EAD), comúnmente conocido como permiso de trabajo, por varias razones:
1. **Solicitud Incompleta**: Si tu solicitud está incompleta o si no incluiste los documentos de respaldo requeridos, es posible que se deniegue tu solicitud.
2. **Inelegibilidad**: Puedes solicitar un permiso de trabajo 150 días después de presentar tu solicitud de asilo completa y no haber recibido una decisión sobre tu solicitud. Sin embargo, el USCIS no procesará tu solicitud ni emitirá un EAD hasta que hayan transcurrido al menos 180 días desde que presentaste tu solicitud de asilo, siempre que no se haya tomado una decisión sobre tu solicitud de asilo. Si solicitaste el permiso de trabajo antes de los 150 días, tu solicitud sería denegada.
3. **Antecedentes Penales**: Ciertas condenas penales pueden hacerte inelegible para un permiso de trabajo.
4. **Negación de la Solicitud de Asilo**: i se deniega tu solicitud de asilo, no eres elegible para un permiso de trabajo.
5. **No Seguir las Instrucciones**: Si no seguiste las instrucciones en el formulario de solicitud, incluyendo no firmar el formulario o no pagar las tarifas requeridas (si corresponde), es posible que se deniegue tu solicitud.
Es importante revisar cuidadosamente las instrucciones de la solicitud y asegurarte de que tu solicitud esté completa y sea precisa antes de enviarla. Si tu solicitud de permiso de trabajo es denegada, la notificación de denegación debería incluir información sobre si puedes apelar la decisión o presentar una moción para reabrir o reconsiderar. Si necesitas ayuda con tu solicitud de permiso de trabajo o si tu solicitud ha sido denegada, es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC.
Si se te otorga asilo en los Estados Unidos, tu cónyuge e hijos (menores de 21 años y solteros) también son elegibles para el estatus de asilo, ya sea que se encuentren en los Estados Unidos o en el extranjero.
Puedes incluir a tu cónyuge e hijos en tu solicitud de asilo, o si no están incluidos inicialmente, puedes presentar un Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado, para tu cónyuge e/o hijos dentro de los dos años posteriores a la concesión de asilo (excepto en casos de circunstancias cambiantes).
Si tu cónyuge e hijos están fuera de los Estados Unidos, pueden utilizar el Formulario I-730 aprobado para solicitar una visa para ingresar a los Estados Unidos.
Si tu cónyuge e hijos ya están en los Estados Unidos, pueden utilizar el Formulario I-730 aprobado para solicitar autorización de empleo y ajustar su estatus a asilados (lo que les otorga los mismos derechos y beneficios que a ti).
Es importante consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC que se especialice en solicitudes de asilo para asegurarte de que todos los formularios necesarios se presenten correctamente y de que tu cónyuge e hijos estén incluidos adecuadamente en tu solicitud de asilo.
Residir en otro país antes de venir a los Estados Unidos no te descalifica automáticamente para buscar asilo en los EE. UU. Sin embargo, si te has 'establecido de manera firme' en otro país antes de llegar a los EE. UU., 'firmemente reasentados' en otro país antes de llegar a los EE. UU., usted puede no ser elegible para asilo.
'Reasentamiento firme' significado:
-
- ha recibido una oferta de estatus de residente permanente, ciudadanía o algún otro tipo de reasentamiento permanente en otro país antes Llegaste a los Estados Unidos.
Excepciones a la prohibición de reasentamiento firme:
-
- si puede demostrar que su estancia en el tercer país fue una escala necesaria en su camino a los Estados Unidos, o
- si puede demostrar que sus condiciones de vida en ese país eran tan restrictivas que, de hecho, no fue reasentado firmemente.
El oficial de asilo o el juez de inmigración considerará todas las circunstancias de su caso para determinar si ha sido reasentado firmemente en otro país.
Esta es un área compleja de la ley de inmigración y es recomendable consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización acreditada como Chenel Super Service LLC que se especializa en solicitudes de asilo para asegurarse de que su solicitud sea lo más sólida posible.
La ley de asilo de los Estados Unidos requiere que debes solicitar asilo dentro de un año desde tu última llegada a los Estados Unidos, a menos que puedas demostrar:
1. **Circunstancias Cambiantes**: Estas son circunstancias que afectan materialmente tu elegibilidad para el asilo.Por ejemplo, si las condiciones en tu país de origen han empeorado o si te has convertido recientemente a una religión que es perseguida en tu país de origen.
-
- si las condiciones en su país de origen han empeorado, o
- si recientemente se ha convertido a una religión que es perseguida en su país de origen
2. **Circunstancias Extraordinarias**: Estas son circunstancias más allá de tu control que te impidieron presentar la solicitud dentro de un año. Por ejemplo, si sufrías una enfermedad grave o una discapacidad mental o física durante el período de un año.
-
- si padeciera una enfermedad grave o discapacidad física o mental durante el período de un año.
Es importante tener en cuenta que incluso si crees que calificas para una excepción a la regla de un año, debes presentar la solicitud de a asilo lo antes posible. El oficial de USCIS o el juez deinmigración determinarán si calificas para una excepción.
Dada la complejidad del proceso de asilo y la importancia de presentar una solicitud bien preparada, es recomendable buscar ayuda de un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC que se especialice en solicitudes de asilo.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) podría denegar una solicitud de asilo por diversas razones, que incluyen pero no se limitan a:
1. **Falta de Credibilidad**: Esta es una de las razones más comunes para la denegación. Si el oficial de USCIS o el juez de inmigración no cree tu historia o encuentra inconsistencias en tu testimonio o documentación, tu solicitud podría ser denegada.
2. **No Presentar Dentro de un Año**: En general, debes presentar una solicitud de asilo dentro de un año desde tu última llegada a los Estados Unidos, a menos que puedas demostrar circunstancias cambiadas que afecten materialmente tu elegibilidad para el asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con el retraso en la presentación.
3. **Tercer País Seguro**: Si pasaste por otro país donde podrías haber solicitado asilo antes de llegar a los Estados Unidos, y los EE. UU. tienen un acuerdo con ese país, es posible que no seas elegible para el asilo en U.S.
4. **Persecución no basada en un Motivo Protegido**: Para calificar para el asilo, debes demostrar que has sido perseguido o tienes un temor fundado de persecución debido a tu raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular o opinión política. Si el oficial de USCIS o el juez de inmigración no cree que la persecución que has sufrido o temes esté relacionada con uno de estos motivos protegidos, tu solicitud podría ser denegada.
5. **Reasentamiento Firme**: Si te has reasentado permanentemente en otro país antes de llegar a los Estados Unidos, es posible que no seas elegible para el asilo.
6. **Actividad Criminal o Preocupaciones de Seguridad Nacional**: Si has sido condenado por ciertos delitos o se cree que representas una amenaza para la seguridad nacional, es posible que no seas elegible para el asilo.
7. **Denegación Previo de Asilo**: Si te han denegado previamente el asilo por parte de un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración, es posible que no puedas presentar una nueva solicitud a menos que puedas demostrar circunstancias cambiadas que afecten materialmente tu elegibilidad.
Es importante consultar con un abogado de inmigración calificado o una organización de buena reputación como Chenel Super Service LLC que se especialice en solicitudes de asilo para asegurarte de que tu solicitud sea lo más sólida posible y para abordar cualquier problema potencial que pueda llevar a una denegación.
Principalmente existen dos tipos de asilo a los que las personas pueden aplicar:
1. **Asilo Afirmativo**: Esto es para personas que no están en procedimientos de deportación y solicitan asilo de manera proactiva. Las personas pueden solicitar asilo afirmativo dentro de un año después de su llegada a los Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio actual. La solicitud es procesada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
2. **Asilo Defensivo**: Esto es para personas que están en procedimientos de deportación en un tribunal de inmigración. Las solicitudes de asilo defensivo se presentan como una defensa contra la deportación de los Estados Unidos.
-
- Este proceso generalmente ocurre cuando una persona es remitida a un Juez de Inmigración por el USCIS o
- Cuando se encuentra en procedimientos de deportación debido a que fue detenida (o capturada) en los Estados Unidos o en un puerto de entrada de los EE. UU. sin documentos legales adecuados.
Es importante tener en cuenta que el proceso de asilo y los tipos de asilo pueden variar según el país, por lo que siempre es recomendable consultar con un experto legal o con los servicios de inmigración del país respectivo para obtener la información más precisa y actualizada.
- En general, debes estar físicamente presente en los Estados Unidos para solicitar asilo allí. Esto incluye estar en un puerto de entrada (por ejemplo, un aeropuerto o un cruce fronterizo).
- Puedes solicitar asilo independientemente de cómo hayas llegado a los Estados Unidos o tu estatus migratorio actual.
- Puede solicitar asilo independientemente de cómo llegó a los Estados Unidos o de su estado migratorio actual.
Es importante tener en cuenta que las políticas y procedimientos pueden cambiar, por lo que siempre es recomendable consultar el sitio web oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o hablar con un experto legal o una organización de migración para obtener la información más actual y precisa. Además, los procedimientos para buscar asilo pueden variar según el país, por lo que si estás considerando solicitar asilo en un país que no sea los Estados Unidos, deberás investigar los procedimientos y requisitos específicos de ese país.
- No es legalmente necesario tener un abogado para solicitar asilo en los Estados Unidos ni en la mayoría de los otros países. Tienes el derecho de solicitar asilo por tu cuenta, lo que se conoce como presentar una solicitud 'pro se'. increíblemente complejo y desafiante, involucrando:
- criterios legales específicos
- documentación detallada
- plazos estrictos.
Tener un abogado que tenga conocimiento sobre las leyes de inmigración puede aumentar en gran medida sus posibilidades de una solicitud exitosa.
Un abogado puede ayudarle:
- prepara tu solicitud
- reunir la evidencia necesaria
- representarlo en cualquier procedimiento legal.
Las estadísticas muestran que los solicitantes de asilo con representación legal tienen muchas más probabilidades de que se les conceda asilo que aquellos que no la tienen. Por lo tanto, si bien no es obligatorio contar con un abogado para solicitar asilo, sí es muy recomendable.
- Chenel Super Service LLC ofrece un enfoque integral para el proceso de asilo que va más allá de la simple representación legal. Aquí tienes algunas de las principales ventajas de elegir aa Chenel Super Service LLC para presentar tu solicitud de asilo en lugar de solo a un abogado:1. **Equipo Multidisciplinario de Expertos**: Chenel Super Service LLC reúne a un equipo de expertos de diversas disciplinas, que incluye
- Abogados
- economistas
- Periodistas
- profesores
- psicólogos
Este enfoque multidisciplinario garantiza que se aborde de manera integral cada aspecto de tu caso y que tu solicitud sea lo más sólida posible.
2. **Servicio Proactivo y Atento**: El equipo de Chenel Super Service LLC adopta un enfoque proactivo al verificar regularmente con el Departamento de Justicia y el tribunal que tu caso esté progresando como debería.
- Este nivel de atención y cuidado ayuda a evitar retrasos y asegura que se presente el tipo adecuado de solicitud de asilo,
This level of attention and care ya sea afirmativa o defensiva.
3. **Historia Coherente y Comprensible**: El equipo de Chenel Super Service LLC escucha atentamente tus experiencias y ayuda a crear una narrativa coherente y comprensible para el juez. Esto aumenta tus posibilidades de ser comprendido y, en última instancia, de obtener asilo.
4. **Soporte Integral**: Chenel Super Service LLC brinda un soporte integral durante todo el proceso de asilo. Desde la preparación y presentación de tu solicitud hasta la preparación para entrevistas o comparecencias ante el tribunal y la provisión de apoyo continuo, Chenel Super Service LLC está contigo en cada paso del camino.
- preparar y presentar su solicitud
- prepararlo para entrevistas o comparecencias ante el tribunal
- brindando apoyo continuo
Chenel Super Service LLC está contigo en cada paso del camino.
5. **Access to the Best Immigration Attorneys**: Chenel Super Service LLC has a network of top immigration attorneys and negotiates discounts on your behalf, ensuring that you receive the highest quality legal representation at the most affordable rates.
6. **Enfoque en el Cliente**: En Chenel Super Service LLC, los clientes son tratados como familia. El equipo siempre está disponible para responder a tus llamadas y atender cualquier necesidad urgente que pueda surgir. Con más de diez líneas telefónicas y dos recepcionistas dedicados, siempre puedes comunicarte con alguien cuando necesites ayuda..
En resumen, Chenel Super Service LLC ofrece un enfoque integral, proactivo y centrado en el cliente para el proceso de asilo que va más allá de la simple representación legal. Con un equipo multidisciplinario de expertos, servicio atento y proactivo, soporte integral y un enfoque centrado en el cliente, Chenel Super Service LLC es una excelente opción para cualquier persona que busque presentar una solicitud de asilo.